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Reglamento de Caza en la Argentina |
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Permisos y recomendaciones
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CAZA EN ARGENTINA ESPECIES DE CAZA MAYOR ESPECIES DE CAZA MENOR EQUIPO RECOMENDADO EL DOGO ARGENTINO COTOS DE CAZA |
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REGLAMENTOS Y PERMISOS (estos varían según la provincia en que se encuentre) La entrada del arma en el país requerirá ser declarada en la policía aeronáutica, en el mismo aeropuerto, presentando la documentación y llenado un formulario. Cuesta unos u$s 20. Antes de salir del país, se vuelve a declarar la salida que costará otros u$s 10. Recordamos la prohibición de transportar cartuchos en los vuelos. Estos se pueden adquirir en el mismo campamento o en las casas especializadas en las ciudades. Documentación necesaria para tramitar el permiso: pasaporte original. 6 fotografías. Fotocopias del permiso de armas y guías (máximo dos armas). Esta tramitación se realiza en: Dirección de Fauna y Flora Silvestres - San Martín 459 Piso 3º - 1400 Ciudad de Buenos Aires. Teléfonos (5411) 4348-8602/03/04 de 10 a 17 hs. O en la Dirección de Fauna y Recursos Naturales de la provincia a la que se dirija. Si contrata una excursión con guía por adelantado, generalmente ellos se ocupan de tramitar los permisos con anterioridad a su llegada. No se puede: Cazar en la vía pública. Cazar fuera de temporada. Transitar con armas cargadas. Ingresar en campo sin el permiso de su propietario. Cazar cualquier especie que no se encuentre habilitada, por ejemplo: Aves canoras o vistosas (cardenales, picahuesos, calandrias, mixtos, loros, lechuzas, etc.). Guanacos, ñandú, piche, liebre mara, gato montés, martinetas (colorada y copetona), tortugas, etc. Recomendamos tener siempre a mano la siguiente documentación: Permiso de caza. Permiso del dueño. Permiso de armas (fotocopia) Para transitar con productos de caza dentro del país deberá solicitar la guía de tránsito en los puestos camineros de cada provincia. La exportación de pumas requiere de un certificado C.I.T.E.S. el que se solicita en la Dirección de Fauna y Flora Silvestre de la Nación. Los trofeos de antílopes y ciervos deberán legalizarse en el coto donde fueron obtenidos o en la comisaría más cercana. Fuera del País: Se debe obtener un certificado de exportación para lo cual deberá presentar: Permiso del dueño del campo. Fotocopia del permiso de caza. Guía de tránsito de la provincia de origen. |
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